Qué es la Evaluación de impacto de género [+ Guía descargable]



Formación feminista

Qué es la Evaluación de impacto de género [+ Guía descargable]


El desconocimiento de las leyes que tienen que ver con la igualdad y la sorpresa de "profesionales" del tema ante algunos asuntos que aparecen en la prensa me pone, por decirlo de forma suave, enferma. 
Ayer se publicaba en la prensa española que la justicia europea rechaza por sexista el cálculo de la duración del paro del empleo a tiempo parcial. 
Un número enorme de gente supuestamente experta la compartía y comentaba en medios digitales, asociaciones y redes entusiasmada. Entusiasmada cuando una mujer de escasos ha tenido que pasar por un periplo judicial hasta obtener una sentencia del Tribunal de justicia de la UE porque en España los gobiernos se pasan las leyes de igualdad (todas las que tengan que ver con ella) por el arco del triunfo. 
Primero, no imponiendo sanciones a los incumplimientos. Da igual que tus consejos de administración no sean paritarios, que hagas publicidad sexista, que discrimines a las mujeres en cada producción cultural, cada subvención o cada televisión públicas. Da igual que el profesorado desde primaria hasta posgrados, componentes del sistema sanitario o el de justicia no tengan formación en género aunque así lo obliguen convenios internacionales firmados por España hace décadas; que se rompan los protocolos de protección de víctimas de violencia machista o se cuestionen de forma patriarcal por quienes tienen que aplicarlos. No hay sanciones, cumple quien quiere, quien tiene buena voluntad o interés en ponerse una medallita. Fin.
Después, claro, incumpliéndolas sistemáticamente. Total, si sale baratísimo no cumplir ¿para qué molestarse en romper las dinámicas machistas que constituyen la base de los asesinatos machistas? Es más cómodo y barato guardar un minuto de silencio 60 o 70 u 80 o 100 veces al año. 

¿Por qué digo esto a raíz de una sentencia europea sobre una ley laboral?


Porque si la preceptiva Evaluación de Impacto de Género de las leyes se hiciera correctamente esto no habría pasado, porque esa discriminación no se habría producido nunca siendo -como era y es- evidente. 

Para quien no sepá qué es la EIG (Evaluación de impacto de género): medir el impacto y efecto de las leyes en mujeres hombres. 

El caso español

En España, por mandato europeo, la EIG es obligatoria desde la entrada en vigor de la Ley 30/ 2003 de 13 de Octubre, sobre medidas para incorporar la valoración del impacto de género en las disposiciones normativas que elabore el gobierno.
Con ella, el Gobierno asume la responsabilidad de aportar información sobre la incorporación de la perspectiva de género en la elaboración de las mismas, y de realizar una valoración de los efectos que éstas van a tener en las mujeres y en los hombres de manera separada, teniendo en cuenta las diferentes situaciones y posiciones de partida de unos y de otras.


Formación feminista. Evaluación de impacto de género

El objetivo es que no se profundicen situaciones de discriminación ni se empeoren las situaciones de partida de unos u otras. Y si fuera posible, mejorar la situación. Se hace mediante un informe que se incorpora a la redacción del proyecto legislativo y propone enmiendas al mismo para evitar que produzca o reproduzca desigualdades de género. Ese informe incluye propuestas y recomendaciones.
Pues bien, la EIG se hace en una buena parte de leyes. Entonces por qué las leyes siguen reproduciendo desigualdades?  
Llama la atención que el resultado de esas evaluaciones de impacto de género es ¿sorprendentemente? el mismo casi siempre: este ley o disposición tiene es neutra en cuanto al género. ¿Neutra? ¿Una ley neutra? No es que sea mentira. Es que en la sociedades actuales es imposible. Pero esos informes, generalmente, no los hacen personas expertas con formación en esa especialidad, ni siquiera con feminista que les permita ver las desigualdades de partida.
Se suele considerar que las normas son neutras respecto al género, porque se elaboran para la población en su conjunto y, se supone, sin hacer distinciones entre mujeres y hombres. Pero, como en la imagen superior, tratar igual a quien parte de una situación de desigualdad supone afianzar las desigualdades. No tener en cuenta las necesidades diferenciadas puede producir efectos negativos inclusi si no se deseaban. Por eso hay que anticiparse y prevenir. Si das a todo el mundo 10 pero una mujer tenía 1 y un hombre tenía 1000 no puedes decir que 10 cubre sus necesidades por igual. Ni actuar como si sus necesidades estuvieran cubiertas en idéntica proporción.
Eso es lo que ocurre si no se tienen en cuenta las desigualdades de género existentes en la posición económica, política y social de mujeres y hombres: se da a todo el mundo lo mismo, pero no necesitan lo mismo, ni cubren las mismas necesidades a los hombres y a las mujeres. Esa lógica que es la base del sistema contributivo de impuestos progresivos parece inexistente en la realidad de mujeres y hombres.
Así que por parte de quienes tienen el mandato legal de efectuar la EIG se rellena un formulario tipo y como no se discrimina de forma expresa ¡solo faltaría! se concluye que la disposición normativa es neutra. La sombra del sistema se alarga sobre las mujeres y la EIG si no se hace o se hace mal o se incumple, permite que esa sombra nos oculte, nos invisibilice, nos perjudique.

Un ejemplo sangrante: la reforma del CC que permitía el matrimonio entre personas del mismo sexo tenía una EIG ¡tachán! neutra. Y de eso puede hablar más y mejor que yo Lucas R. Platero.

En España hacen evaluaciones el Estado. También la mayor parte, las CCAA. En la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha participé en la elaboración una Guía para la evaluación de impacto de género que podéis descargar pinchando el enlace.

Formación feminista. Guía descargable.

Se editan preciosas guías como esa y otras muchas diciendo cómo se hace una EIG. Para después hacer las evaluaciones ignorando sistemáticamente sus propios consejos. Porque, como en casi todos los temas de igualdad, las recomendaciones de una EIG no son de cumplimiento obligado. Si ven que la cosa se complica, ponen el "neutra" y santas pascuas. Si no, no se asignan presupuestos para la implementación de medidas de recomendación que la evaluación designe.
Y así estamos. 
Que la mayoría de mujeres resultaban perjudicadas en el cálculo de pensiones y prestaciones ya se sabía. No hay que ser ninguna lumbrera. Solo tener ojos, usarlos y contar con los dedos. Además de, por supuesto, quitarse de los ojos -antes de mirar- la venda del machismo. No es que no se hubiera podido prevenir. Es que a quienes nos dirigen les importamos un reverendo pimiento.
Y en este país nos importan mucho la liga, las líneas imaginarias y las banderas. Los derechos, la vida de las mujeres, la salud de la población, la dignidad de la sociedad ya tal.

María S. Martín Barranco
@generoenaccion
evefem.com


Comentarios

  1. "Que la mayoría de mujeres resultaban perjudicadas en el cálculo de pensiones y prestaciones ya se sabía. No hay que ser ninguna lumbrera. "
    Esto es radicalemente falso, y decirlo hace ver la poca capacidad critica que tiene usted.
    Las pensiones y prestaciones se calculan igual para todos sean hombres o mujeres, es mas a las mujeres supuestamente maltratadas les dan RGI y justicia gratuita sin esperar a ver si el hombre las maltrata realmente, cosa que a los hombres no, asi que ademas salimos perdiendo pues esos abogados y RGI lo pagan hombres tambien.

    ResponderEliminar

Publicar un comentario

Debido a la insistencia de determinados machistas aburridos, nos hemos visto en la obligación de administrar la moderación de entradas. Este blog no publica ningún comentario que contenga enlaces. Lamentamos las molestias para el resto de participantes. Gracias por vuestra comprensión.